¿En qué consisten las ayudas?
Son descuentos directos en los seguros sociales de las empresas, a través de los cuales se recupera parte o la totalidad de los costes generados por la realización de cursos formativos.
¿Quién puede acceder?
Empresas ubicadas en España, que quieran formar a sus trabajadores por cuenta ajena. No pueden acceder los trabajadores en régimen de autónomos, ni regímenes especiales que no coticen a la seguridad social.
¿Cúal es la cuantía de las ayudas?
No existe una cantidad prefijada, sino que cada empresa dispone de lo que se ha llamado crédito formativo.
Este crédito es la cantidad máxima que las empresas pueden descontarse de sus pagos en la Seguridad Social, en concepto de ayuda por la realización de cursos de formación continua para sus trabajadores.
Dicho crédito es de carácter único (cada empresa tiene una cantidad distinta) y anual (si no se consume en el año se pierde; disponiendo de otro distinto al año siguiente).
¿Cómo puedo consumir el crédito formativo?
Las empresas podrán recuperar un porcentaje del coste de los cursos que realicen con cargo al crédito formativo, es decir, que la subvención será un porcentaje del coste invertido y se recibirá una vez se finalice la formación.
Por otro lado, cada curso tiene un máximo bonificable, que es la cantidad máxima de bonificación que las empresas podrán conseguir por la realización de los cursos. Teniendo en cuenta estas dos condiciones, las empresas podrán distribuir el crédito como crean conveniente en función de sus necesidades concretas.